Videovigilancia • 20 Septiembre 2026 • 6 min de lectura

Videovigilancia IP y RGPD: Requisitos Legales e Instalación en Empresas

Claves para desplegar sistemas CCTV y cámaras IP cumpliendo la Ley Orgánica 3/2018 y las directrices de la Agencia Española de Protección de Datos.

Ingeniero Jaume Roma
Ingeniero Jaume Roma Autor Verificado
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Videovigilancia IP y RGPD: Requisitos Legales e Instalación en Empresas
Resumen Técnico Ejecutivo: La seguridad física de activos e instalaciones mediante cámaras IP de alta definición es imprescindible, pero una mala configuración legal puede derivar en multas de la AEPD de hasta 40.000 € por vulnerar la intimidad de empleados y transeúntes.

1. Cartelería Oficial Informativa en los Accesos

Es preceptivo situar carteles distintivos en todos los accesos al recinto videovigilado, indicando claramente la identidad del responsable del tratamiento, la finalidad de seguridad y el correo donde ejercer los derechos ARCO/RGPD.

2. Regla de los 30 Días para el Borrado de Grabaciones

Las imágenes captadas deben cancelarse y sobreescribirse automáticamente en un plazo máximo e improrrogable de 30 días, salvo que hayan sido reclamadas por autoridades policiales o judiciales.

💡 Queda expresamente prohibida la instalación de cámaras en zonas de descanso, comedores, aseos o vestuarios de trabajadores.
⚖️

Conclusión y Dictamen de Ingeniería

En Group Roma realizamos instalaciones llave en mano con grabadores NVR cifrados y elaboramos toda la documentación para el Registro de Actividades de Tratamiento (RAT).

Dictamen emitido por Jaume Roma • Ingeniero IT Solicitar Presupuesto o Asesoría →
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